Con una decisión histórica, la Suprema Corte aplica por primera vez la reforma a la Ley de Amparo y frena las tácticas de retraso usadas por grandes corporaciones.
Solo tres días después de su entrada en vigor, la reforma a la Ley de Amparo ya demostró su poder. En una sesión que marcó un antes y un después en la historia judicial mexicana, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo contundente: las recusaciones en cadena ya no serán válidas para frenar juicios. Con siete votos a favor y uno en contra, los ministros aplicaron por primera vez el nuevo artículo 59 para declarar sin materia una contradicción de criterios entre las hoy extintas primera y segunda salas.
El mensaje fue claro: los asuntos “accesorios” —como recusaciones repetidas o maniobras procesales— no podrán usarse para evitar que un ministro conozca el fondo de un caso. La ministra Yasmín Esquivel Mossa, autora del proyecto, lo explicó con precisión quirúrgica: “Las recusaciones únicamente pueden plantearse para que ministras y ministros se abstengan de conocer el fondo del asunto. Dentro del trámite de un impedimento no podría plantearse una nueva recusación, porque se trata de un procedimiento accesorio”.
Detrás de esta decisión hay un caso emblemático: Grupo Elektra, del magnate Ricardo Salinas Pliego, enfrenta desde 2012 una deuda fiscal de 67 millones de pesos con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En 2024, al verse en desventaja en el amparo directo 3842/2024, la empresa lanzó una andanada de recusaciones para intentar apartar a las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel del expediente. Era una táctica clásica: empantanar el proceso con tecnicismos hasta que el tiempo, los recursos o la presión política hicieran su trabajo.
Pero esta vez, la Corte dijo basta.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, cerró el debate con una frase que resonó como un aviso a navegantes del poder económico: “Creo que se da la contradicción de criterios y, desde mi perspectiva, se resuelve con lo dispuesto por la nueva Ley de Amparo”. En otras palabras: el juego se terminó.
Esta resolución no solo resuelve una contradicción técnica; establece el primer precedente del nuevo régimen del amparo. Ya no habrá espacio para “amparos eternos”, ni para estrategias diseñadas no para buscar justicia, sino para postergarla. La reforma busca devolverle celeridad, transparencia y equidad a un sistema que, durante años, fue manipulado por quienes tenían los recursos para hacerlo.
Con esta decisión, la Corte no solo protege al fisco, sino a la ciudadanía común: porque cuando los tribunales se convierten en campos de batalla para intereses privados, la justicia se convierte en un lujo. Y México, hoy, dio un paso firme para que eso ya no suceda.
