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La Corte Frena a Salinas Pliego: “Azteca” es de Todos, no de TV Azteca

La Batalla por un Gentilicio: Cuando TV Azteca Quiso Poseer la Palabra “Azteca”

En el corazón de una disputa legal que parecía sacada de una novela corporativa, una palabra de cinco letras, cargada de historia milenaria, se convirtió en el campo de batalla. Del lado de la trinchera, uno de los empresarios más poderosos de México, Ricardo Salinas Pliego, y su emporio mediático, TV Azteca. Del otro, el concepto mismo de patrimonio cultural colectivo. La palabra en cuestión: “Azteca”. El objetivo: registrarla y explotarla en exclusiva para uso periodístico. El veredicto final, emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), fue una sentencia clara y contundente: no.

La crónica de este intento de apropiación comenzó con una solicitud formal ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor). TV Azteca, cuyo nombre ya incorpora el término, buscaba ir más allá. Aspiraba a tener la exclusividad sobre la palabra “Azteca” en el ámbito de los medios de comunicación digitales, un movimiento que le habría otorgado un poder sin precedentes sobre un símbolo identitario fundamental para México. Sin embargo, el primer “no” fue rotundo. El Indautor, guardián de los derechos intelectuales, rechazó la petición de plano.

Ante la negativa, el gigante televisero no se dio por vencido. Inició una batalla legal escalonada, un periplo judicial que se asemejaba a un juego de ajedrez donde cada movimiento encontraba una respuesta firme. TV Azteca promovió un juicio de nulidad contra la decisión del Indautor, pero el Tribunal Federal de Justicia Administrativa confirmó el rechazo. La empresa, entonces, cambió de estrategia y presentó un amparo directo. En sus argumentos, alegó que la sentencia violaba sus derechos y que la autoridad no había analizado correctamente si se cumplían los requisitos del artículo 188 de la Ley Federal del Derecho de Autor, acusando una mala interpretación de la norma.

El caso siguió su ascenso en el sistema judicial hasta llegar a un tribunal colegiado. Fue aquí donde se esgrimió uno de los argumentos más sólidos en contra de la televisora. El cuarto tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito negó la protección federal a TV Azteca, y en su fallo estableció un principio fundamental: el término “azteca” es un gentilicio. Es decir, una palabra que describe un origen o una procedencia, en este caso, de un pueblo ancestral y, por extensión, de la identidad mexicana. Por su propia naturaleza, un gentilicio es de uso común y público, no susceptible de ser acaparado por una entidad privada.

Con esta derrota en el tribunal colegiado, TV Azteca llevó su última carta a la instancia máxima: la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Confiaba en que los ministros encontrarían un asunto de constitucionalidad digno de revisión. Sin embargo, el Ministro Presidente Hugo Aguilar Cortés desechó la petición de manera categórica. Consideró que el caso no planteaba una cuestión constitucional que ameritara la intervención del pleno. El auto de desechamiento fue lacónico y definitivo.

“Se informa a la recurrente que contra el auto que desecha el recurso de revisión en amparo directo no procede medio de impugnación, por lo que la presente determinación causa estado por ministerio de ley”, rezaba el acuerdo. Esta frase legal selló el caso: no había más recursos, no había más apelaciones. La batalla había terminado.

La crónica deja una enseñanza más allá de lo jurídico. Es la historia de un intento por privatizar un fragmento de la identidad colectiva, un gentilicio que evoca imperios, cultura y raíces. La justicia, en sus distintas instancias, actuó como un dique contra la apropiación indebida, recordando que hay palabras que, por su significado histórico y social, pertenecen a la nación en su conjunto y no pueden convertirse en una marca registrada, ni siquiera para un magnate de las comunicaciones. La palabra “Azteca” seguirá siendo, como siempre ha sido, de todos los mexicanos.

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