“SCJN obliga a gigantes de telecom a compartir infraestructura para democratizar el internet”

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En una decisión histórica, la Suprema Corte avala que empresas como Televisa compartan torres, fibra y redes para ampliar la cobertura y fomentar la competencia en telecomunicaciones.

El 23 de octubre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que podría redefinir el futuro de las telecomunicaciones en México. En una resolución clave, los ministros confirmaron la constitucionalidad de una reforma de 2014 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR) que obliga a las empresas preponderantes del sector —como Televimex, filial de Televisa— a compartir su infraestructura con otros operadores.

El caso llegó a la Corte a través del amparo en revisión 10/2025, promovido por empresas del sector que impugnaron los artículos 139 de la LFTyR y varios lineamientos técnicos que regulan el acceso compartido a torres, ductos, fibra óptica y otros elementos esenciales para la prestación de servicios de telecomunicaciones. Argumentaban que dicha obligación violaba su derecho a la propiedad privada.

Sin embargo, bajo la ponencia de la ministra Lenia Batres, el máximo tribunal constitucional determinó que compartir infraestructura no equivale a una expropiación, ni impide a las empresas usar sus propios activos. “Si bien se trata de propiedad, en este caso no le impide utilizarla —dijo Batres—. Y el fin, además de ser constitucional, tiene una alta incidencia social, porque justamente se busca atender el servicio en zonas donde actualmente no hay cobertura”.

La decisión no solo reafirma el espíritu de la reforma estructural en telecomunicaciones impulsada durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, sino que refuerza uno de sus pilares más polémicos: romper la concentración de poder en el sector. Al obligar a los grandes jugadores a abrir su infraestructura, se busca nivelar el campo de juego para pequeños y medianos operadores, fomentando la competencia y, en última instancia, beneficiando al usuario con mejor cobertura, más opciones y precios más justos.

La controversia se remonta a la designación de ciertas empresas como “preponderantes” tras la reforma de 2014, lo que les impuso obligaciones asimétricas, incluida la compartición obligatoria. Televimex, entre otras, resistió esta medida durante años, alegando que se trataba de una intromisión estatal en su modelo de negocio. Pero la SCJN fue clara: el interés público —especialmente en un país donde millones aún carecen de acceso a internet o telefonía móvil— prevalece sobre intereses corporativos.

Aunque el amparo fue negado en lo sustancial, la Corte devolvió el expediente a un tribunal colegiado para que analice otros argumentos de legalidad pendientes. No obstante, el mensaje institucional es inequívoco: la infraestructura de telecomunicaciones no es un feudo privado, sino un bien colectivo en potencia.

Con este fallo, México da un paso firme hacia la democratización digital. En un mundo hiperconectado, donde el acceso a internet se considera un derecho humano, la sentencia de la SCJN podría acelerar la llegada de servicios a comunidades rurales, marginadas o económicamente desatendidas. Y aunque las grandes empresas no celebran la decisión, millones de mexicanos podrían ver, por fin, cómo la señal llega a sus hogares.

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