
Elección judicial en 2028, verificación de candidatos por INE y nulidad por injerencia extranjera entran en vigor; Alcalde rechaza críticas sobre “simulación”.
Este miércoles 3 de junio entraron en vigor tres reformas constitucionales que, según el gobierno, blindarán la democracia mexicana. Luisa María Alcalde, titular de la Consejería Jurídica de la Presidencia, presentó los alcances durante la Mañanera del Pueblo. Las modificaciones abarcan la elección del Poder Judicial, la verificación de integridad de candidaturas y la nulidad de comicios por intervención extranjera. Fueron aprobadas por mayoría calificada en el Congreso y por 25 congresos estatales.
El primer cambio es la reprogramación de la elección judicial. Originalmente prevista para 2027, se trasladó al 4 de junio de 2028. El objetivo, según Alcalde, es separarla de la elección ordinaria intermedia. Además, se reducirá el número de candidaturas y se simplificará el diseño de la boleta, identificando el poder postulante y la especialidad. Los Comités de los tres Poderes homologarán metodologías y criterios de evaluación, incluyendo un examen de conocimientos.
Alcalde respondió a las críticas de que estos cambios representan un retroceso. Dijo que son “una mejora” tomando en cuenta la experiencia de la primera elección judicial realizada en 2024. También garantizó que las elecciones judiciales y ordinarias se realizarán en la misma ubicación y que los votos se contarán en las casillas donde fueron emitidos.
La segunda reforma crea un mecanismo de verificación de integridad de candidaturas. El Instituto Nacional Electoral integrará una comisión de tres consejeros. Los partidos podrán enviar voluntariamente listados de sus candidatos, que serán remitidos a autoridades de seguridad, inteligencia y procuración de justicia. Estas advertirán si existe un “riesgo razonable”, sin revelar detalles del caso. La comisión notificará a los partidos, que bajo su responsabilidad decidirán si proceden al registro.
Alcalde desmontó tres críticas. Primera: que el INE será “juez y parte”. Dijo que el Instituto no investiga, no emite juicios ni resuelve sobre registros. Solo es el vínculo institucional. Segunda: que es “un mecanismo a modo para perseguir candidaturas”. Respondió que es voluntario y confidencial. Tercera: que no hay sanciones. Explicó que si las hubiera, se acusaría a la autoridad de entrometerse en la vida interna de los partidos.
La tercera reforma establece como causal de nulidad de elecciones la comprobación de actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados. Alcalde aclaró que la prohibición ya existía en la Constitución. La novedad es que ahora podrá derivar en la anulación de una elección. Sobre las críticas de que la causal es “ambigua y discrecional”, respondió: “No es así”. Explicó que la reforma solo establece el principio general. “Todavía faltan desarrollar los criterios, estándares de prueba y reglas de aplicación en las leyes secundarias”, concluyó.