EE.UU.: el Supremo respalda a Trump y bloquea asilo antesde cruzar la frontera

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El fallo, 6-3, permite negar solicitudes en puntos fronterizos desde México, sin iniciar el trámite dentro del país.

La decisión llegó con el peso de una puerta cerrándose antes de tiempo. El Tribunal Supremo de Estados Unidos avaló la política impulsada por la Administración del presidente Donald Trump que permite rechazar solicitudes de asilo antes de que los migrantes entren físicamente al territorio estadounidense desde la frontera con México.

El 25 de junio, el máximo tribunal dio luz verde a una regla que cambia el momento decisivo: ya no se trata solo de si alguien cruza o no, sino de si, aun antes del cruce, puede siquiera iniciar el trámite de protección internacional. La votación fue clara: seis votos contra tres. A favor se ubicaron los jueces Samuel Alito, John Roberts, Clarence Thomas, Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett. Disintieron Elena Kagan, Ketanji Brown Jackson y Sonia Sotomayor.

Detrás del veredicto hay una maquinaria jurídica con nombre y lógica. La resolución se conecta con el caso Mullin contra Al Otro Lado, una demanda impulsada por la organización defensora de derechos de migrantes Al Otro Lado y un grupo de solicitantes de asilo que cuestionaban el sistema conocido como metering, también descrito como control de flujo migratorio.

Para entender la magnitud del ajuste, el debate se ancló en un concepto que antes se interpretaba de otra manera. Durante décadas, la legislación migratoria estadounidense fue leída bajo un principio: si una persona “llegaba” al país, podía solicitar asilo cuando demostrara temor fundado de persecución por razones de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social.

El giro, entonces, no fue menor. El centro del choque legal estuvo en definir qué significa “llegar”. La mayoría conservadora concluyó que un migrante que permanece en territorio mexicano e intenta ingresar al país no puede considerarse, jurídicamente, como alguien que ya “ha llegado” a Estados Unidos. Con esa interpretación, la persona no adquiere automáticamente el derecho a presentar la solicitud de asilo dentro del país.

El fallo tuvo consecuencias directas sobre la línea previa marcada por tribunales inferiores. Con la decisión, el Supremo revocó el criterio que había sostenido el Tribunal del Noveno Circuito, el cual había determinado que quienes eran rechazados en puntos fronterizos sí debían ser considerados dentro del alcance de la legislación federal de asilo.

La resolución también se entiende como parte de un historial de aplicación gradual. El mecanismo de restricción de flujo comenzó a expandirse con mayor amplitud desde finales de 2016, especialmente ante el incremento de llegadas en zonas como San Diego. Luego, durante el primer gobierno de Trump, el metering se utilizó como componente de su estrategia para contener la migración irregular.

Después, vino un cambio de rumbo. Durante la administración de Joe Biden, esa práctica fue suspendida; pero, al regresar, Trump la retomó y la convirtió en uno de los ejes centrales de su política migratoria. Así, el fallo del Supremo no surge como un experimento aislado: consolida una ruta que ya había sido probada, interrumpida y reactivada.

En términos políticos y humanos, el tribunal emitió un mensaje que tiene implicaciones inmediatas para el acceso al sistema de protección internacional. La decisión representa una victoria jurídica para la Casa Blanca y puede modificar, de forma significativa, la posibilidad de que miles de personas inicien el trámite de asilo cuando su intención es entrar por la frontera sur estadounidense.

La tensión, sin embargo, no está solo en el resultado. También se refleja en el desacuerdo: tres magistrados disintieron, marcando que el punto de “llegar” y el momento del acceso al procedimiento de asilo fue, para ellos, una línea que no debía moverse con tanta amplitud.

Al final, el Supremo no solo falló sobre un caso. Definió un umbral: el asilo, a partir de este criterio, se juega antes de cruzar. Y cuando ese paso se anticipa como negable, el sistema de protección cambia de forma antes de que comience el trámite.

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