La medida busca reducir “dilación intencional”, pero aumenta el riesgo de expulsiones rápidas para quienes no encajen.
La alerta no es solo administrativa: una nueva disposición del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) contempla remitir de forma directa las solicitudes de asilo a jueces migratorios, con el potencial de acelerar respuestas. El giro está en el corazón del proceso: se reduciría el tiempo total para resolver estos casos, aunque el propio contexto de la propuesta también abre una consecuencia que pesa como amenaza—mayor riesgo de deportaciones aceleradas para quienes no cumplan criterios.
En el centro del argumento aparece una acusación que marca el rumbo político-técnico: funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) sostienen que existe “dilación intencional”. Esa demora, según la lectura oficial, no estaría ocurriendo por fallas del sistema, sino por maniobras deliberadas atribuidas a abogados de peticionarios de asilo y a quienes representarían.
James Percival, asesor jurídico del DHS, colocó la idea como obstáculo estructural: señaló que la aplicación efectiva de las leyes de inmigración se ve frenada por la supuesta dilación intencional “por parte de inmigrantes indocumentados y los abogados que los representan”, además de describirlo bajo el enfoque de “defensores de las fronteras abiertas”. Es decir: la propuesta no se presenta como ajuste neutro, sino como corrección frente a un uso distorsionado del sistema.
Desde esa lógica, la medida propuesta por USCIS busca “enfrentar” esa dilación, y el mensaje institucional se dirige a mejorar eficiencia y cumplir el mandato del Presidente. Percival dijo que su oficina trabaja a diario con dependencias del DHS para elevar la eficiencia; y que esta norma lograría justamente eso.
Pero, ¿qué cambia en la práctica? El DHS explicó que, hoy, las solicitudes de asilo se resuelven por dos vías. USCIS atiende las solicitudes “afirmativas” de solicitantes que no están en proceso de deportación, mientras que los jueces migratorios se ocupan de las “defensivas” de quienes sí están dentro de ese proceso. En el modelo actual, según el propio DHS, dependiendo del estatus migratorio, USCIS resuelve o remite, y luego el solicitante recibe una “nueva revisión” por parte de un juez. Esa mecánica, además, permitiría que una persona tenga una segunda oportunidad para obtener asilo.
La innovación que se propone rompe esa secuencia. La regla final provisional permitiría que USCIS remita solicitudes de asilo a jueces migratorios “sin entrevistar previamente al solicitante”. En el planteamiento oficial, esto no solo recortaría pasos: reduciría el tiempo total que tardan oficiales de asilo y jueces en resolver. Y se justifica también por la intención de disminuir la acumulación de casos de asilo.
Ahí aparece uno de los puntos de tensión más sensibles del texto: la velocidad como política. Si se recorta el tiempo del circuito y se omite la entrevista previa, el margen para que los solicitantes sostengan su caso dentro de la etapa USCIS se reduce, y el riesgo que acompaña al cambio—de deportaciones aceleradas para quienes no cumplan con los criterios—queda más cerca del camino.
El relato oficial, sin embargo, insiste en que el sistema de asilo se está usando “indebidamente”. Joseph Edlow, director del USCIS, lo defendió de forma directa al afirmar que durante “demasiado tiempo” el sistema se empleó para “dilatar el proceso y obtener permisos de trabajo” en lugar de atender solicitudes legítimas de protección. El argumento, por tanto, no habla de un ajuste técnico, sino de una reasignación de recursos y una reorientación: los recursos deben destinarse a resolver de manera oportuna solicitudes que sí representen temor real de persecución.
En esa misma línea, Edlow sostuvo que la norma garantizaría que las capacidades se orienten a quienes realmente temen ser perseguidos, en vez de a quienes, según el diagnóstico institucional, buscan aprovecharse para eludir obligaciones.
La pregunta que queda, dentro de la propia estructura del texto, es inevitable: si el sistema se diseñó para ofrecer una segunda oportunidad mediante remisiones y revisiones, ¿qué ocurre cuando se recorta la entrevista previa y se acelera el traslado al juez? El DHS argumenta acumulación y eficiencia; la propuesta se presenta como un mecanismo para reducir tiempos y dilaciones atribuibles a terceros. Pero la consecuencia señalada en el mismo material—deportaciones aceleradas para quien no encaje—se convierte en el contrapeso que convierte la reforma en un cambio con efectos inmediatos.
Mientras el texto sostiene que el sistema existe para proteger, también deja claro que la decisión de fondo—quién cumple criterios y quién no—se vuelve más determinante cuando el proceso se acorta. Y ahí es donde el giro más fuerte aparece como consecuencia: el camino se acelera, el margen se estrecha y el resultado final se vuelve más rápido para quienes queden fuera de lo que el sistema reconozca como elegible.
